El Ministerio Público intenta desde hace más de dos años que la pareja de Ana Millán explique en el juzgado el origen de más de 50.000 euros en metálico y las condiciones de los trabajos que hizo para el empresario que está imputado junto a su mujer
Una jueza acusa de cuatro delitos de corrupción a la número tres de Ayuso en el PP de Madrid
Giro imprevisto en el caso de corrupción que afecta a Ana Millán, número tres de Isabel Díaz Ayuso en el PP de Madrid. La Fiscalía frena la urgencia de Millán por que sea el Tribunal Superior de Madrid (TSJM) quien decida sobre su futuro al pedir al Juzgado de Navalcarnero que la imputó que practique las diligencias que tenía pendientes. Sin llegar a agotar la investigación, la jueza de Navalcarnero se inhibió en julio en favor el tribunal madrileño, ante el que está aforada la ex alcaldesa de Arroyomolinos desde que es diputada autonómica.
Las diligencias que dejó de practicar la jueza de Navalcarnero antes de inhibirse en favor del TSJM son relevantes. Se trata de la declaración del marido de Millán, uno de los familiares que fue contratado por un empresario al tiempo que la entonces concejala de Juventud de la localidad madrileña le adjudicaba contratos públicos. La otra diligencia pendientes es la de declaración la compañera del PP que sustituyó a Millán en la Concejalía y que al tomar posesión dejó de contratar a las sociedades de Francisco Roselló, el empresario investigado junto a Millán.
El Juzgado de Instrucción número 6 de Navalcarnero imputó hace dos años a Ana Millán en un caso que tiene su origen en el cambio de gobierno en Arroyomolinos en 2015. El equipo entrante encontró un correo electrónico en la Concejalía de Juventud que Millán acababa de abandonar en el que se aludía a su relación con un empresario. Una sociedad de Francisco Roselló alquilaba a Ana Millán un ático por casi el doble del precio de mercado.
Tirando del hilo, la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil concluyó que Millán, su hermana y su marido –estos dos últimos contratados por empresas de Roselló– habían recibido más de 200.000 euros del empresario en el mismo periodo en el que las empresas de éste resultaron adjudicatarias de contratos del Ayuntamiento, principalmente de la Concejalía de Millán, por 600.000 euros.
Pese a la imputación de Millán, su amiga Isabel Díaz Ayuso la incluyó en un puesto alto de las listas del PP a la Comunidad de Madrid en las últimas elecciones autonómicas. Tras los comicios de mayo de 2023, Ana Millán pasó a estar aforada y solicitó que su caso pasara a ser instruido por el tribunal competente, en este caso el Superior de Madrid, de amplia mayoría conservadora. La petición de Millán provocó que se suspendieran las declaraciones de su marido y su sucesora en la Concejalía, según recuerda la Fiscalía en un escrito al que ha tenido acceso elDiario.es.
La jueza de Navalcarnero aceptó la solicitud de Millán y se inhibió en favor del TSJM, que el 2 de agosto decidió iniciar los trámites previos a decidir si había caso contra Millán o no. En una providencia que trascendió un mes después, el pasado 3 de septiembre, el tribunal nombraba instructor a Francisco José Goyena, el mismo juez que ha pedido al Tribunal Supremo que impute al fiscal general del Estado por una nota de prensa que desmentía un bulo del caso de la pareja de Ayuso.
Cuando se esperaba el informe de la Fiscalía acerca de si el TSJM debe imputar o no a Millán, el Ministerio Público ha optado por recurrir la inhibición de la jueza de Navalcarnero. El auto de inhibición, dice la Fiscalía, “no es ajustado a derecho” porque si Millán se ha convertido en aforada lo que debería haber hecho la magistrada es elevar una exposición razonada ante el TSJM y no simplemente dictar la inhibición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 759.2.
La exposición razonada es una resolución judicial que analiza en profundidad los indicios recabadas contra el investigado en la justicia ordinaria para que el tribunal superior decida si debe seguir adelante con la imputación del aforado. La jueza de Navalcarnero se limitó a resumir en un auto de cuatro folios los abundantes indicios recabados por la Guardia Civil “sin realizar previamente una exposición de motivos que contenga los elementos fácticos y jurídicos necesarios” para que el TSJM resuelva, alega la Fiscalía. En el auto, la jueza de Navalcarnero mencionaba los cuatro delitos por los de corrupción por los que investigaba a Millán: cohecho, prevaricación, tráfico de influencias y fraude a la Administración.
53.000 euros en metálico de su marido
El Juzgado, la Fiscalía y las acusaciones populares –que ejercen PSOE y Más Madrid– llevan desde mayo desde mayo de 2022 intentando que el marido de Millán preste declaración como testigo. Sus comparecencias han sido suspendidas por varios motivos, entre ellos que no era posible localizarle.
En sus atestados, la Guardia Civil recela de casi 53.000 euros que Ana Millán ingresó en efectivo en sus cuentas entre los años 2008 y 2017, periodo que abarca la investigación de su presunta relación de corrupción con el empresario Roselló. Ante el juez, ella declaró que su marido, entonces pareja, trabajaba en el mundo de la noche y la hostelería, que traía dinero en metálico a casa y que ella prefería ingresarlo en el banco que tenerlo en el domicilio.
Por el momento, la jueza de Navalcarnero, Lidia Prada, ha admitido a trámite el recurso de la Fiscalía y ha dado traslado a las partes para que se pronuncien antes de adoptar una decisión. Previsiblemente, el TSJM no podría pronunciarse antes de que resuelva el Juzgado de Navalcarnero, ya que había pedido un informe a la Fiscalía sobre la imputación de Millán y el Ministerio Público ha optado por pedir que se agote la instrucción en el juzgado local.