El ministro del Interior defendió el martes que su departamento tiene una “comunicación, coordinación y cooperación permanente” con Acnur en el estudio individualizado de cada solicitud de los saharauis varados en Barajas. Sin embargo, Marlaska ha ignorado la posición de la Agencia de la ONU sobre los saharaus que solicitan el reconocimiento de la apatridia o falta de nacionalidad
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Para defender la decisión de devolver a decenas de saharauis, Fernando Grande-Marlaska se escudó este martes en el papel que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) tiene en el proceso de análisis de las solicitudes de asilo. El ministro del Interior destacó que su departamento tiene una “comunicación, coordinación y cooperación permanente” con Acnur en el estudio individualizado de cada petición. No dijo, sin embrago, que en su intento de retornar a varios saharauis ignora la petición de la agencia de la ONU de permitir su entrada a España, especialmente de quienes piden el reconocimiento de su situación de apatridia.
Los equipos jurídicos de Acnur en España han enviado a la Oficina de Asilo y Refugio, dependiente de Interior, varios informes individualizados sobre algunos de los saharauis retenidos en Barajas, con la intención de compartir con el Ministerio su posición acerca de cada uno de ellos. Si bien cada documento difiere entre sí dado que analiza caso a caso, sí hay un elemento que suele repetirse en cada uno de ellos. Según el criterio de la Agencia de la ONU, si los saharauis han solicitado en el aeropuerto, más allá del asilo, el reconocimiento de su situación de apatridia -la falta de una nacionalidad, dado que no se identifican con la marroquí-, esa persona debería obtener permiso para entrar en España y no ser devuelta antes de conocer el resultado de dicha petición, dado que sus plazos suelen alargarse más que los del asilo.
“Dadas las limitaciones de los plazos para el procedimiento de apatridia y no siendo factible que se resuelva en un tiempo razonable durante la estancia del solicitante en el aeropuerto, se autorice la entrada del solicitante a territorio a fin de continuar con el procedimiento de apatridia”, sostiene un escrito, al que ha accedido elDiario.es, enviado por Acnur España a la atención de la subdirectora general de Asilo, Cruz Fajardo.
El informe se refiere en concreto al caso de Hamou Ali, saharaui de 30 años que en septiembre ha formalizado en Barajas una solicitud de asilo y, paralelamente, una petición del reconocimiento de la apatridia o falta de nacionalidad. El hombre es sordo y ha estado enfermo de cáncer en varios momentos de su vida, razón por la cual ha recibido tratamiento en los territorios ocupados del Sáhara Occidental, según varios partes médicos a los que ha accedido este medio.
Hamou Ali, un hombre saharaui retenido en Barajas.
Acnur le recuerda a Interior en su escrito que la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 “incluye garantías sobre la no expulsión de los apátridas”. Se refiere específicamente a su artículo 31, por el que “los Estados Contratantes no expulsarán a apátrida alguno que se encuentre legalmente en el territorio de tales Estados, a no ser por razones de seguridad nacional o de orden público”. También menciona el manual de Acnur sobre la protección de personas apátridas. Según dicho documento, “a los Estados se les asesora que se abstengan de expulsar a un individuo de su territorio mientras esté pendiente el resultado del proceso de determinación” del posible estatuto de apatridia “para asegurar que los procedimientos sean justos y eficientes”.
Acnur reiteró dicha recomendación sobre el caso de Hamou Ali en al menos tres escritos enviados a Interior los días 12, 14 y 23 de septiembre, en los que también añade otra razón para su ingreso en España: sus circunstancias derivadas de la enfermedad que ha padecido y la discapacidad que padece, por lo que se puede enfrentar a trabas a la hora de realizar sus entrevistas en el aeropuerto dado que el joven requiere un intérprete adecuado que entienda su idioma, el hassania, adaptado al lenguaje de signos.
A pesar de las reiteradas peticiones de Acnur sobre su entrada en España, Hamou Ali fue uno de los saharauis a los que Interior intentó devolver sin éxito el pasado domingo junto a decenas de saharauis. Según fuentes jurídicas, la mayoría de ellos se resistieron a subir al avión hasta lograr evitar su retorno a Marruecos.
Otros casos
Entre quienes estuvieron a punto de ser devueltos aquella noche también estaba Rachida Amador. La mujer, de 32 años, solicitó en Barajas el reconocimiento de la apatridia por ser saharaui, además de una petición de asilo por la situación de persecución que asegura sufrir en los territorios ocupados del Sáhara Occidental.
Sobre ella, Acnur también envió un informe a la Oficina de Asilo con la misma recomendación emitida en el caso de Hamou Ali: “Esta Oficina recomienda que, dadas las limitaciones de los plazos para el procedimiento de apatridia y no siendo factible que se resuelva en un tiempo razonable durante la estancia del solicitante en el aeropuerto, se autorice la entrada del solicitante a territorio a fin de continuar con el procedimiento de apatridia recogido en el RD 865/2001 y de conformidad con la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre la posibilidad de iniciar un procedimiento de apatridia mientras el solicitante se encuentre en un puesto fronterizo tramitando un procedimiento de protección internacional”, insistió la agencia de la ONU en un informe también ignorado por Interior.
Mientras la demanda de asilo ha sido denegada por el Gobierno, la de apatridia continúa su curso. Su respuesta tardará, pero el departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska sigue intentando devolverla, al igual que a otros tantos saharauis retenidos en Barajas en una situación similar, para los que Acnur solicita también su entrada en España en escritos remitidos a sus abogadas y que acaban incorporados en los expedientes de protección enviados y desoídos por Interior.
Elena Muñoz, responsable del área jurídica de la Comsión de Ayuda al Refugiado (CEAR), confirma la posición recurrente de Acnur en los casos de solicitantes de apatridia saharauis que la organización atiende en el aeropuerto de Barajas. “En los casos que estamos atendiendo, la situación de persecución individualizada sí es muy variable y no se pueden establecer elementos comunes. Pero sí hay un elemento común: son personas saharauis que viven en la zona ocupada en el sahara ocupado y solicitan la apatridia. Y en la mayoría de estos casos, los informes solicitados a Acnur coinciden en recomendar la entrada en España de estas personas, debido a que se trata de procesos más largos, para analizar su solicitud con todas garantías”, sostiene la letrada.
En 2020, el Tribunal Supremo confirmó el derecho de los demandantes de apatridia de registrar su petición en el aeropuerto de Barajas dado que antes, según explica CEAR, no solían ser admitidas a trámite este tipo de peticiones. La resolución de un caso llevado por CEAR al Alto Tribunal confirmó este derecho. “La sentencia dijo que cuando la Oficina de Asilo y Refugio detecta una situación de solicitud de apatridia en una petición de asilo, tiene que iniciar de oficio ese otro procedimiento”, detalla Muñoz, quien añade que se trata de una vía que implica un plazo de estudio más largo y no puede realizarse a través del sistema acelerado aplicado en los aeropuertos. “No puede hacerse en los 4 u 8 días que tardan en resolver las demandas de asilo en frontera, de hecho, suele tardar de media año y medio o dos años”, sostiene.
En este sentido, en sus casos defendidos en Barajas, CEAR también está apostando por pedir el ingreso en España de aquellos demandantes de apatridia en el aeropuerto. “Basándonos de que esas personas son solicitantes de apatridia, el reglamento permite autorizar su estancia de España y documentarlas como tal y en virtud de que pueda tramitarse correctamente lo más adecuado es que el demandante entre y se estudie su caso estando él en suelo español, sino se puede complicar. Y este criterio también es apoyado por Acnur”.
Desde su experiencia, la letrada de CEAR sostiene que por lo general Interior no está aceptando la entrada en España de estas personas y, a pesar de las recomendaciones de Acnur, inicia igualmente los trámite de devolución de los solicitantes de apatridia. No es un criterio nuevo fruto del cambio de posición del Gobierno español sobre el Sáhara Occidental, defiende de la abogada. La ONG asegura que lleva años batallando en los tribunales en contra de la interpretación de Interior sobre las solicitudes de apatridia surgidas en los aeropuertos.
“Interior lo podría hacer porque así lo permite el reglamento de apatridia y por el reglamento de extranjería, que determina que si hay motivos humanitarios, compromisos internacional, podría autorizar su entrada aunque no cumpla todos los requisitos”, sostiene la letrada. “Además, España ha firmado la Convención sobre la apatridia por lo que tendríamos que favorecer que no sea expulsadas estas personas, y hay unos motivos humanitarios por la situación que viven en los territorios ocupados del Sáhara”, dice la abogada al explicar la base legal por la que defienden la entrada en España de los saharauis.
No obstante, la normativa española aunque no impide la entrada en España de estos casos tampoco no obliga a que se autorice su ingreso, dado que el principio de no devolución solo afecta a las personas que ya están reconocidas como apátridas, no a los solicitantes de dicho estatuto. “Lo que interpretamos es que también debería cubrirles por la obligación que tiene la administración pública de remover todos los obstáculos en el estudio de la petición: si no esta en territorio español es difícil de tramitar, solicitar documentación complementaria suele ser más complicado y dificulta mucho la tramitación del procedimiento”, añade.
La sentencia del Supremo que confirmó en 2020 el derecho a abrir el procedimiento de la apatridia desde un aeropuerto no hacía referencia a si las autoridades españolas debían permitir su entrada en España como defiende Acnur. Con respecto a este extremo, CEAR presentó en 2022 otro recurso en el Alto Tribunal, pendiente de admisión a trámite, que podría solventar las dudas definitivamente.