El juez tarda tres meses en comunicar que aplaza la amnistía a los síndicos del 1-O y tramita ahora recursos de 2023

Sigue sin conocerse el juzgado competente para decidir si aplica la ley a los cinco académicos de la Sindicatura Electoral de 2017, en otro enredo procesal similar al de los 30 acusados por preparar el referéndum que siguen sin ser amnistiados

Sin noticias de la amnistía a los síndicos del 1-O más de tres meses después de la ley

Mientras algunas amnistías ya van camino de Europa, otras siguen enredadas en los juzgados de Barcelona. El juez al que los cinco académicos que conformaron la Sindicatura Electoral del 1 de octubre de 2017 pidieron la amnistía ha tardado tres meses en comunicar que no decidirá sobre el olvido penal hasta que se resuelva un recurso anterior, que ha tramitado ahora pese a que trata sobre una decisión tomada en diciembre de 2023.

El pasado 11 de junio, con la amnistía recién publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la defensa de dos de los síndicos presentó un escrito ante el juzgado penal 11 de Barcelona para que aplicara la amnistía. En más de tres meses, el abogado Ramon Setó no había recibido ninguna respuesta del juzgado, pese a remitir un escrito en el que recordó al magistrado que la ley obligaba a los jueces a aplicar la norma “con carácter preferente y urgente” en un plazo de dos meses, tal y como elDiario.es informó el pasado 24 de septiembre.

El silencio del juzgado terminó el 30 de septiembre. En una providencia, a la que ha tenido acceso este diario, el juez comunicó por primera a vez a las partes del caso que había recibido los escritos que pedían la amnistía. Sin embargo, el magistrado no dio trámite a la Fiscalía para que informara sobre si procedía el olvido penal a los académicos, ya que consideró que antes debe resolverse un recurso anterior (interpuesto el año pasado y que todavía no se había tramitado).

En concreto, se trata de los recursos que una de las defensas había interpuesto el 8 de enero de 2024 contra su decisión, de 13 diciembre de 2023, de enviar la causa al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) para una de las acusadas por estar aforada. Pero ese recurso versaba sobre la instancia competente para celebrar el nuevo juicio que la Audiencia de Barcelona ordenó contra los síndicos, no sobre su amnistía (la ley por entonces no había entrado en vigor al estar debatiéndose en el Congreso).

La causa afecta a cinco profesores y catedráticos que en 2017 aceptaron conformar una junta electoral para supervisar las votaciones, una función que no llegaron a ejercer porque dimitieron antes del 1-O. Se trata de Jordi Matas, Marc Marsal, Marta Alsina, Tània Verge (posteriormente consellera de Feminismos) y Josep Pagès. Estos dos últimos saltaron a la política y en la actualidad son diputados de ERC en el Parlament y de Junts en el Congreso, respectivamente. De ahí su condición de aforados.

Ahora el juez ha dado un plazo de diez días a la Fiscalía y el resto de defensas para que expongan si se adhieren o no al recurso contra su decisión de hace más de 10 meses. En suma, el caso de los síndicos se encamina hacia otro enredo procesal que alarga la resolución definitiva de su olvido penal, tal y como ocurre con la causa de los 30 altos cargos procesados por los preparativos del 1-O, de los que todavía no se sabe qué juzgado es el competente para decidir sobre su amnistía.

Todo ello pese a que el encaje de los cinco síndicos en la norma no guarda excesiva complicación jurídica. En su causa no hay malversación, uno de los delitos que ha comportado trabas a la amnistía, sino que la Fiscalía les acusó tan solo desobediencia y usurpación de funciones. Los hechos por los que fueron procesados (conformar una junta electoral para el 1-O) aparecen contemplados en el primer artículo de la norma.

Los síndicos dimitieron días antes del 1-O tras recibir avisos de multas coercitivas por parte del Tribunal Constitucional si seguían en sus funciones. Su renuncia no evitó que la Fiscalía impulsara una causa penal contra ellos. En primera instancia fueron absueltos al no quedar acreditado, según la magistrada, que los síndicos hubieran recibido la advertencia del Constitucional para impedir cualquier actividad relacionada con el 1-O. La sentencia concluyó que su actividad se limitó a reunirse un único día, el 7 de septiembre de 2017, en la buhardilla del Parlament, esto es, casi quince días antes de recibir el aviso del Constitucional.

Pese a la contundencia de la absolución, la Fiscalía insistió y recurrió la sentencia. En un hecho poco habitual, la Audiencia de Barcelona revocó la absolución de los cinco síndicos y ordenó repetir el juicio. Esto ocurrió en julio de 2022, y hasta la fecha este juicio no se ha celebrado. Por entonces algunos acusados ya eran aforados y planeaban las dudas sobre si sería un único alto tribunal el que arrastraría a todos los síndicos. La amnistía ha sido la puntilla para que no se celebre el nuevo juicio, pero por ahora sigue sin llegar la resolución que certifique que, también para ellos, el procés queda penalmente olvidado.

Tras más de tres meses con la norma en vigor, la amnistía se ha aplicado a 110 personas, según los datos recopilados por la organización antirrepresiva Alerta Solidària, mientras que Carles Puigdemont es el principal excluido del olvido penal del procés. Se trata de 51 agentes policiales (los policías de las cargas del 1-O más cuatro mossos), 49 manifestantes y 10 políticos. Antes de su entrada en vigor, la Fiscalía calculó que la medida afectaría a 486 personas.

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