Una enmienda de Sumar y el apoyo de PP y Vox: qué ha pasado con la ley que conmuta las condenas en el extranjero

La iniciativa, aprobada por unanimidad por la Cámara Baja, supone incorporar la normativa europea al derecho español sin las restricciones que los populares habían impuesto en 2014 pensando en los presos de ETA

El PP rechaza ahora una norma que apoyó en el Congreso para conmutar penas en el extranjero porque afecta a presos de ETA

“Es un error generalizado. No puedo dar una explicación más profunda”. Así resumió este lunes el portavoz del PP, Borja Sémper, la gestión de sus grupos en el Congreso y el Senado ante una modificación legal que emana de Europa y que beneficiará, entre otros, a los presos de ETA que hayan cumplido parte de su pena en el extranjero. El Senado rechazará este martes la reforma, pero la votación no tendrá efecto ya que ni el PP, ni Vox ni UPN han planteado enmienda alguna al respecto, en ninguna de las dos Cámaras legislativas. Un fiasco para la derecha que ahora intenta enjuagar con acusaciones de “engaño” al Gobierno.

PP y Vox amanecieron el lunes con un titular en El Confidencial que no esperaban: una reforma legal apoyada por unanimidad en el Congreso permitiría a los presos condenados en la UE y después en España sumar ambas penas a efectos del cómputo máximo que una persona puede permanecer en prisión, según la legislación española. Una modificación fruto de una directiva europea que ya se abordó durante el Gobierno de Mariano Rajoy pero que España no traspuso de forma completa.

Ahora, una enmienda de Sumar durante el proceso legislativo en el Congreso ha eliminado la disposición adicional que incluyó en su día el PP para limitar el efecto de la reforma y limitarla a los condenados después del 15 de agosto de 2010, lo que dejaba fuera a algunos de los terroristas de ETA más sanguinarios.

La reforma de la ley surge de un proyecto del Gobierno, que la tramitó por el procedimiento de urgencia. Además de reducirse los plazos, esta decisión elimina los informes consultivos a órganos constitucionales, como el Consejo General del Poder Judicial o el Consejo de Estado, aunque no la posibilidad de que los grupos parlamentarios planteen enmiendas.

Sumar, representado en la ponencia de la ley por el líder del PCE, Enrique Santiago, introdujo una modificación en el trámite parlamentario. Apenas tres líneas para derogar la disposición adicional única de la ley 7/2014. Pese a que el PP intenta ahora poner como excusa la tramitación urgente, aunque el procedimiento hubiera sido el habitual, ningún órgano consultivo hubiera podido detectar lo que no estaba en el proyecto de ley salido del Gobierno sino que fue incorporado por un grupo después. 

De hecho, esta ley ya estuvo sobre la mesa en la pasada legislatura. En 2022, el Gobierno fue preguntado por Vox al respecto, y las asociaciones de víctimas se dirigieron expresamente al Ministerio del Interior, quien negó que el Ejecutivo trabajase en un cambio legal para excarcelar a presos de ETA descontándoles los años que han cumplido condena en otros países como Francia. Las elecciones de julio de 2023 detuvieron el procedimiento.

Santiago explicó en una rueda de prensa el espíritu del cambio: “Nosotros conocíamos que había una discriminación de los ciudadanos españoles con respecto a ciudadanos de otros países de la UE”. “Hemos acabado con una discriminación para que ningún español, ningún andaluz, ningún canario, ningún ciudadano de ningún territorio, se vea afectado y tenga un tratamiento más discriminatorio que otros ciudadanos de la Unión Europea en aplicación del derecho comunitario”, aseguró. 

El diputado negó el lunes cualquier “cesión” a EH Bildu, el argumento que está utilizando el PP para intentar desviar la atención de su error. La modificación afectará a todo tipo de reclusos, independientemente del delito que hayan cometido. “La violencia en el País Vasco acabó hace diez años”, dijo. “Estamos en otras claves, no voy a permitir que toda la ciudadanía de este país no se vea beneficiada de una norma penal porque a alguien no le gustan los vascos”, defendió. Esta reforma es una reivindicación que EH Bildu y el PNV han lanzado desde la anterior modificación, en 2015. Pero no solo los partidos ‘abertzales’ han hecho bandera en los últimos años de esta petición.

Aprobada por unanimidad

Ni el PP ni Vox repararon en la enmienda. O, si la detectaron, no supieron interpretarla. Y, si supieron leerla, les pareció bien. Porque el partido de Alberto Núñez Feijóo votó a favor del texto legal en la Comisión de Interior. También en el Pleno del Congreso. Ahí les acompañaron los diputados de Santiago Abascal.

Es de suponer que las derechas tampoco vieron lo que estaban aprobando cuando la norma llegó al Senado, donde el PP tiene mayoría absoluta. El sistema bicameral español no permite a la Cámara Alta bloquear las leyes pero, como ocurrió con la amnistía, sí puede retrasarla, plantear recursos, enmiendas o lo que considere. Esta vez, unos y otros lo dejaron pasar.  El Senado no ha planteado enmiendas ni un veto a la totalidad. Y la Constitución establece que una norma en tramitación solo volverá al Congreso si el Senado aprueba modificaciones, totales o parciales, al texto. 

Al PP le queda ahora la posibilidad de retrasar la votación una semana, hasta el 14 de octubre. Algo que ya han anunciado que harán. Pero poco más. Este lunes, Borja Sémper acusó este lunes al Gobierno de fraguar un engaño, de retorcer el trámite legislativo, e incluso de introducir enmiendas no relacionadas con el motivo de la ley. Por la tarde, el PP pidió en un comunicado al Gobierno retirar el proyecto de ley, y admitió su impotencia para impedir su aprobación definitiva: “El PSOE es el único partido con capacidad para parar este despropósito”.

Desde el Senado, las fuentes consultadas por elDiario.es aseguran que “el texto va al BOE sin remedio” porque “la enmienda de marras está incluida” en el texto aprobado. Las mismas fuentes recuerdan que ya ocurrió una situación similar en 2002 y el Tribunal Constitucional sentenció que el Senado no tenía nada que hacer al respecto.

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) cifra en 44 los etarras que podrían verse beneficiados al descontarse las penas que han cumplido ya en Francia y en siete los que podrían ser excarcelados. En la nota, la asociación que preside Maite Alaruce ha deseado que lo ocurrido haya sido un “error”. “Tarde o temprano, se cumplirá la hoja de ruta bilduetarra de vaciar las cárceles, y los señores Sánchez y Marlaska podrán presumir toda su vida de ser unas figuras de culto para los etarras”, sentencia la AVT.

Una decisión marco de 2008

Desde Sumar, Enrique Santiago aseguró que no entienden “la polémica generada”. “Lo que hemos hecho es realizar la trasposición de una directiva del año 2019, que ya íbamos con retraso, sobre antecedentes penales. Y aprovechar para corregir una discriminación que había en la legislación española por no aplicar la decisión marco de 2008 sobre resoluciones condenatorias en la Unión Europea”, ha defendido el diputado de Izquierda Unida. 

Esa decisión marco del Consejo de la Unión Europea, aprobada en julio de 2008, obliga a los Estados miembros de la UE a otorgar a las condenas de otro país miembro los mismos efectos que a las propias. Esto es, que una condena anterior pronunciada en otro Estado miembro debe considerarse para el cálculo del tiempo máximo de prisión previsto por la ley, que en España está fijado en treinta años. 

El Tribunal Supremo fue interpelado por primera vez en 2013 a interpretar esa decisión marco. La petición partió del exetarra José Luis Urrusolo Sistiaga, uno de los más activos durante los ochenta y noventa y que se acabó acogiendo a la ‘vía Nanclares’ tras repudiar el terrorismo.

Hasta entonces, la práctica de los tribunales había sido rechazar la acumulación de las penas cumplidas en el extranjero. Sin embargo, el Alto Tribunal estimó en marzo de 2014 que en ausencia de normas que regularan esa materia de forma expresa, debía hacerse una interpretación lo más conforme posible con la normativa europea. Y, en consecuencia, estimó la posibilidad de tomar en consideración una condena cumplida en Francia a efectos de la acumulación de las penas. 

Finalmente, en noviembre de 2014, el Gobierno de Mariano Rajoy decidió incorporar al derecho español esa directiva. El texto que aprobó el Gobierno —tanto el anteproyecto como el proyecto— hacía una transposición casi directa de esa decisión marco. Sin embargo, durante el trámite parlamentario organizaciones como la Asociación de Víctimas contra el Terrorismo (AVT) alertaron de que esa regulación podía permitir que algunos etarras salieran antes de prisión. En el proceso de enmiendas se impusieron restricciones a la acumulación de condenas en otros países. Así fue como se incluyó la disposición adicional que impide acumular las condenas en el extranjero impuestas antes del 15 de agosto de 2010 y que ahora deroga la enmienda de Sumar. 

La nueva ley española derivó en un cambio jurisprudencial en el Supremo, que empezó a desestimar las peticiones de etarras que pedían que se tuviera en cuenta el tiempo de prisión pasado en Francia. El asunto llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que ha avalado en varias ocasiones que el tiempo pasado en cárceles francesas no compute para la pena en España.

Este lunes, elDiario.es consultó al Ministerio de Justicia sobre los efectos de estas decisiones de Estrasburgo sobre la nueva regulación, pero no obtuvo respuesta. El titular del departamento, Félix Bolaños, defendió ante los medios que el Gobierno no tenía “nada que ver” en el impulso a una modificación que, según dijo, es fruto de una tramitación parlamentaria “pacífica y unánime”.

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