El pleno establece con los votos en contra de los cinco magistrados conservadores que artículos como la obligación de ofrecer un alquiler social antes de iniciar un desahucio invaden competencias estatales
Archivo – Catalunya recupera la ley antidesahucios tumbada por el Constitucional
El Tribunal Constitucional ha estimado un recurso del PP y ha anulado varios artículos de la ley catalana de vivienda de 2022. Entre otros elementos que, según el pleno, invaden competencias estatales, está la obligación de ofrecer un alquiler social antes de iniciar un desahucio, o el derecho de una familia en situación de exclusión residencial a renovar su contrato de alquiler social por una vez. Hace dos años el mismo tribunal ya tumbó varios artículos de la ley catalana de vivienda de 2020 que limitaban los precios de los alquileres en zonas especialmente tensionadas.
Una parte del fallo también afecta al artículo séptimo de la norma, con implicaciones sancionadoras, que establecía que si una empresa compraba una casa asumía las consecuencias de incumplimientos en normativa de alquiler social del anterior propietario. En ese caso, explica el Constitucional, podrán revisarse incluso las sanciones firmes impuestas por este artículo.
Hasta la fecha la Generalitat ha multado con seis millones de euros a 79 grandes propietarios por no ofrecer alquiler social.
El recurso del PP fracasa en varias impugnaciones. Por ejemplo contra el registro de grandes tenedores de vivienda en Cataluña o la facultad de la administración para resolver la cesión obligatoria de viviendas durante siete años para incorporarlas al Fondo de alquiler para políticas sociales. También se mantiene la reforma que consideraba que una vivienda desocupada “de forma permanente e injustificada” durante más de dos años se considerará un “incumplimiento de la función social” del propietario.
La norma salió adelante en el Parlament de Catalunya tras un amplio consenso de los partidos independentistas con el PSC y los comuns, impulsada en origen por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) y entidades del derecho a la vivienda. Una norma que recuperaba medidas contra los desahucios que ya había anulado el Constitucional a petición del PP en sentencias anteriores por invadir competencias estatales y que amplió los supuestos en los que los grandes propietarios deben ofrecer alquileres sociales antes del desahucios.
Dos recursos llevaron la ley al Constitucional. Uno del Gobierno central, presentado solo contra la obligación de ofrecer un alquiler social a familias vulnerables que ocupan pisos de grandes propietarios de forma previa a iniciar la vía judicial, y otro más amplio del Partido Popular. Este último cuestionaba ocho artículos clave de la norma autonómica y una disposición transitoria.