El Constitucional obliga a investigar una denuncia de agresión tránsfoba a una presa en la cárcel de Valladolid

El tribunal de garantías entiende que los tribunales de la provincia cerraron en falso las diligencias en torno a la supuesta agresión sufrida por una mujer transexual en 2021 cuando, según sus alegaciones, el jefe de servicio de la prisión de Villanubla quiso comprobar «si tenía pene o vagina»

El Constitucional reprocha a los jueces que cierren en falso denuncias de tortura y maltrato en cárceles y comisarías

El Tribunal Constitucional ha ordenado a un juzgado de Valladolid que investigue de forma efectiva si una presa preventiva sufrió una agresión tránsfoba en la cárcel de Villanubla en agosto de 2021. Los magistrados, que llevan varios meses dando la razón a presos que denuncian el cierre en falso de sus casos, reprochan al juzgado que archivara la denuncia por agresión recurriendo “sin más” a un informe del propio centro penitenciario. La decisión del tribunal de garantías ya ha sido trasladada al juzgado de Valladolid y, según fuentes del caso, el caso está a la espera de que se haga efectiva la reapertura de las diligencias.

El caso que ha sentenciado recientemente la sala segunda del Constitucional es el de una mujer transexual que ingresó de forma preventiva en la cárcel de Villanubla en agosto de 2021. Fue destinada al módulo de mujeres del centro penitenciario y, según su relato, unos días después el jefe de servicio y dos funcionarias se presentaron en su celda para exigir que se desnudara y comprobar “si tenía pene o vagina”. Posteriormente, relató en su denuncia, fue agredida físicamente con “un fuerte golpe en sus glúteos”.

La denuncia manuscrita llegó en un sobre cerrado al juzgado de vigilancia penitenciaria de Valladolid y el caso fue puesto en manos del juzgado de instrucción número 1 de la ciudad, que abrió una causa y puso en marcha varias diligencias: pedir a la cárcel de Villanubla que identificara al jefe de servicio denunciado, el reconocimiento médico de las lesiones que había denunciado y un informe sobre la atención que había recibido. El sobreseimiento del caso, confirmado después por la Audiencia Provincial, llegó después de que el centro negara cualquier agresión y de constatar que el parte de lesiones no existía.

El juzgado firmó el sobreseimiento del caso alegando que no había pruebas del delito y la Audiencia de Valladolid fue un poco más prolija en argumentos al explicar que las distintas denuncias de la interna no eran “uniformes” y no tenían “coherencia”. El Tribunal Constitucional, con el apoyo de la Fiscalía, estima ahora el recurso de la mujer y obliga al juzgado a reabrir las diligencias para investigar el caso de forma efectiva.

El trabajo del juez, explica el Constitucional, es averiguar “si tales hechos realmente sucedieron o responden a una falaz invención de la denunciante”, como afirma el centro penitenciario. Pero “no puede limitarse, sin más, a recabar un informe de los implicados directa o indirectamente por la denuncia” y después archivar el caso.

El tribunal indica que, al menos, sería necesario tomar declaración al director de la cárcel y a las funcionarias que acudieron a su celda ese día con el jefe de servicios, así como al personal médico que atendió a la mujer denunciante. Incluso, reprocha el Constitucional, se renunció “de modo injustificado” a recibir un informe médico forense, “la única prueba que se distanciaba de los implicados”.

Traslado a la cárcel de León

Esta resolución del Constitucional va en la línea de otras sentencias dictadas este año en las que el tribunal ha reprochado a juzgados de todo el país que hayan cerrado en falso causas sobre denuncias similares de abusos y agresiones en cárceles. Por ejemplo, la de un policía preso en la cárcel canaria de Salto del Negro o la de la familia de un fallecido en los calabozos de la Policía Nacional en Algeciras.

Fuentes del caso explican a elDiario.es que la resolución del Tribunal Constitucional ya ha sido puesta en conocimiento del juzgado a través de la Audiencia de Valladolid y que ahora las partes esperan la reapertura de las diligencias. La mujer fue trasladada a la cárcel leonesa de Mansilla de las Mulas, donde afirmó que no tenía ninguna queja sobre el trato recibido.

La tramitación de la causa y del recurso de amparo también han dejado por escrito la versión ofrecida por la dirección de la cárcel de Villanubla y sus trabajadores, que en todo momento han negado la agresión y han referido que hubo “preocupación entre las internas” cuando supieron que compartían módulo con una mujer transexual y que se limitaron a trasladar esas preguntas a la presa sin perpetrar ninguna agresión física o verbal.

El proceso también pasó por manos del Defensor del Pueblo, que terminó archivando la queja de la presa y recogió las alegaciones de los trabajadores de la cárcel. Desde Instituciones Penitenciarias también se indicó que, a raíz de la queja de esta mujer, se dieron indicaciones a la cárcel de Valladolid “para garantizar que no volviera a producirse una situación como la acontecida”.

Esta secretaría general dependiente del Ministerio del Interior indicó que “verificar los órganos sexuales de los internos solo es factible en el contexto de un acto médico especialmente profesional y confidencial” que debe ser realizado por los facultativos y no por otros funcionarios o trabajadores. Serán ellos, añade, quienes informen a la dirección “para que disponga las medidas idóneas para la estancia de la persona transgénero en la unidad residencial más conveniente para la salvaguarda de sus derechos y evitar posibles problemas”.

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