Solo dos de las multas impuestas han sido por pagar a los proveedores por debajo de su coste de producción, la denominada ‘venta a pérdida’ que llevan años criticando los agricultores y ganaderos
Dia recibe una sanción récord por saltarse la Ley de la Cadena Alimentaria: 100.000 euros por obstruir las inspecciones
La Ley de la Cadena ha cumplido dos años de sanciones. Se trata de una legislación, aún no demasiado conocida, con la que se buscó poner fin a las discrepancias entre agricultores, ganaderos, empresas de alimentación y distribuidores. La base: las prácticas comerciales y los precios que se pagan a los diferentes eslabones de la cadena de producción, donde los primeros suelen salir perdiendo. Esta ley abrió la puerta a una batería de sanciones y a que sean públicas, para dar a conocer quién se salta las normas.
En estos dos años, la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), que depende del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha hecho públicas casi 300 sanciones, que han sumado un importe conjunto de casi 1,35 millones de euros. Unas cifras que, para agricultores y ganaderos, no son lo suficientemente altas para conseguir que las multas sean disuasorias y eliminar de forma efectiva cualquier tipo de práctica irregular.
Lo que sí ha conseguido esta ley es dar a conocer qué operadores han actuado saltándose la regulación, aunque las multas aún no se vean como suficientemente altas. Por ejemplo, entre las empresas sancionadas están algunas de las grandes compañías de supermercados. Figuran cadenas como Dia, Carrefour, Alcampo, Caprabo, Coviran o Froiz. La primera de ellas, Dia, ha recibido uno de los castigos más altos de estos dos últimos años: 100.000 euros por “una actuación de resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la administración”.
La AICA publica las sanciones y las empresas, así como la causa, pero no entra en los motivos concretos ni divulga ningún tipo de detalle que permita conocer a quién se ha perjudicado, cuándo o cómo. Además, solo las publica cuando son firmes, ya sea por vía administrativa o judicial. En el siguiente gráfico se pueden ver cuáles son las empresas que se han saltado la Ley de la Cadena desde el 1 de enero de 2023.
A Carrefour, por ejemplo, se le sancionó con 3.001 euros por saltarse los plazos de pago –30 días en el caso de los alimentos frescos y 60 días en el resto de productos–. Lo mismo ha sucedido con Caprabo, Froiz, Coviran (en este caso, con 1.800 euros) y en dos ocasiones con Alcampo, también con 3.001 euros. Además, a la filial del grupo francés Auchan se le castigó con 39.600 euros por lo mismo que a Dia, por una actuación de resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la administración. La última en sumarse es la cadena mayorista Makro, a la que en este último trimestre de 2024 se ha multado con 1.800,6 euros por saltarse los plazos de pago.
Además, entre las compañías que se han saltado la Ley también figuran grandes grupos alimentarios, como el bodeguero y fabricante de zumos J. García Carrión. En su caso, una sanción de algo más de 9.000 euros por saltarse los plazos de pago; y otra de 3.601 euros por no formalizar por escrito los contratos alimentarios. Al grupo murciano El Pozo Alimentación se le ha multado con 3.001 euros por no incorporar en el contrato alimentario el precio recogido; y al gigante suizo Nestlé, con 10.323 euros por no pagar a tiempo.
La ley recoge que la sanción mínima –por cuestiones leves– parta de 250 euros y puede alcanzar el millón de euros cuando se trata de temas muy graves, por ejemplo, cuando se persiste en una práctica incorrecta.
Solo dos multas por ‘vender a pérdida’
Una de las conclusiones de estos dos primeros años de sanciones con esta ley es el bajo número de infracciones por una práctica conocida como la ‘venta a pérdida’. En este caso, la legislación habla de “la destrucción de valor en la cadena”. Para evitarlo, explica, “cada operador de la misma deberá pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste de producción”.
Además, establece que “para proteger la capacidad de comercialización de los productores primarios, los operadores que realicen la venta final de alimentos o productos alimenticios a consumidores no podrán aplicar ni ofertar un precio de venta al público inferior al precio real de adquisición del mismo”. Solo salva de esta situación los alimentos que estén próximos a su fecha de caducidad y siempre que se deje claro esta circunstancia a los compradores.
En estos dos años ha habido dos empresas que se han saltado estas premisas. Una de ellas, en este último trimestre del año y por la suma más alta decidida hasta ahora: 132.000 euros a Fertofrans, que comercializa frutas y hortalizas. La otra sanción por este mismo motivo fue a la cadena Dealtz, con 39.600 euros. Esta marca, como tal, ya no opera en España. Formaba parte del grupo Steinhoff y se enfocaba en vender productos de alimentación y droguería a un precio de 1,50 euros. Sus locales ahora forman parte de otra cadena de la misma multinacional, Pepco, enfocada en la venta de ropa y textil.
De las casi 300 sanciones decididas por la AICA en estos dos últimos años, la mitad han sido por no pagar a tiempo a los proveedores y cerca de medio centenar por no incorporar en los contratos el precio pactado o modificarlo de forma unilateral.
El bajo número de sanciones por saltarse la Ley de la Cadena, su cuantía y la poca efectividad para frenar las malas prácticas en el sector estuvieron, en parte, detrás de las protestas del campo de principios de año. De hecho, el presidente del Gobierno se comprometió a reforzar la ley para hacerla más efectiva. Un cambio que aún está por concretar. Además, el Ministerio de Agricultura, para frenar las quejas del sector primario, se comprometió a convertir la AICA en una agencia estatal, para dotarla de más medios. Según indicó el ministro Luis Plantas tendrá “una mayor estructura, con más medios humanos y materiales para desempeñar sus funciones” y “reforzar significativamente su capacidad inspectora”.