La Audiencia de Madrid resuelve que grabar en secreto al mando y publicarlo en un medio «no es encubrir» a los presuntos narcotraficantes a los que investigaba la Guardia Civil sino un modo de «denunciar» la violación de sus derechos fundamentales por los agentes
La jueza cita al dueño del DNI extraviado que los guardias civiles del 8M usaron para comprar balizas en un caso de narcos
Nuevo revés para los guardias civiles investigados por usar métodos ilegales en una investigación a presuntos narcotraficantes. La querella presentada por uno de sus jefes contra la mujer que le grabó confesando ilegalidades y también contra el primer medio que publicó la grabación ha sido desestimada por la Audiencia Provincial de Madrid. Los jueces de la segunda instancia advierten en su resolución de que la difusión del audio fue un modo de “denunciar” la vulneración de los derechos fundamentales de los investigados por parte de los guardias civiles y no, como pretende el brigada que presentó la querella, una forma de encubrimiento.
En una causa distinta, un juzgado de Madrid mantiene investigados a seis agentes del Equipo de Delitos Económicos de la Comandancia de Madrid por un delito de revelación de secretos relacionado con la colocación de dispositivos de seguimiento ilegales a un investigado en la Audiencia Nacional por narcotráfico.
El jefe del equipo, un brigada, aparece en una grabación detallando cómo las balizas habían sido colocadas sin autorización judicial. El mando de la Guardia Civil relataba métodos ilegales en otras investigaciones e implicaba a su inmediato superior, un teniente que ya ha ascendido a capitán y que no está imputado.
Ese capitán, el brigada de la grabación y otros cinco investigados son el equipo que elaboró los atestados que intentaban atribuir al Gobierno central la responsabilidad de la expansión de la COVID-19 por autorizar la marcha feminista del 8 de marzo de 2020. La causa acabó archivada después de que la jueza desterrara los indicios recogidos en los atestados, compuestos por cientos de páginas con bulos, tergiversaciones y conclusiones impregnadas de sesgo ideológico.
La grabación con la confesión del brigada fue publicada en primer lugar en el medio digital Economist & Jurist. Una de las defensas de los investigados por narcotráfico incorporó el contenido del audio a un escrito presentado ante el juez Santiago Pedraz, que dirige la causa por tráfico de drogas. Pedraz tomó declaración como testigo a la mujer que había grabado al brigada –ambos mantenían una incipiente relación– y, a continuación, imputó al guardia civil.
La causa contra el brigada ha acabado en el juzgado de instrucción número 54 de Madrid por no ser competente la Audiencia Nacional para investigar el delito. La titular del juzgado local ha seguido adelante y ha imputado a otros cinco agentes contra los que la Policía Nacional destacada en la Audiencia Nacional había obtenido sólidos indicios de su implicación en el uso de las balizas ilegales.
El brigada denunció por revelación de secretos y encubrimiento a la mujer que le grabó –defiende que actuó a las órdenes de los presuntos narcos– así como al medio que publicó la exclusiva y el periodista que la firmaba. Un juzgado de Madrid rechazó la querella, pero el guardia civil recurrió y es ahora la Audiencia de Madrid quien desestima el recurso contra esa decisión.
Para rechazar que se haya producido un delito de revelación de secretos la Sección 30 de la Audiencia de Madrid recurre a la doctrina consolidada del Tribunal Supremo según la cual no hay delito cuando una de las personas que participa en la conversación es quien graba, aunque su interlocutor no lo sepa.
Ni revelación de secretos ni encubrimiento
El querellante alegaba que le había grabado de forma subrepticia y que después había puesto el contenido del audio en manos de un tercero que la había difundido, en referencia al medio de comunicación. Sin embargo, el Supremo también se ha pronunciado al respecto, resolviendo que si ese tercero, el periodista, está autorizado a difundir la grabación por quién la realizó, tampoco hay delito de revelación de secretos.
El brigada incluía en su querella un segundo delito, el de encubrimiento. La mujer que le grabó y los periodistas habrían orquestado una maniobra para lograr que se archivara la investigación a los presuntos narcotraficantes, algo que al menos hasta la fecha no ha ocurrido. En este punto, los jueces de la Audiencia de Madrid afirman: “No deja de llamar la atención el argumento de la parte querellante para sostener la calificación de encubrimiento en la modalidad descrita”.
Los jueces rebaten la tesis del brigada y aseguran que si se llega a producir el archivo de las actuaciones es porque los guardias civiles habrían utilizado métodos ilegales, no porque una grabación publicada por un medio lo haya puesto de manifiesto. A los investigados “no se les despoja” sus derechos solo por estar inmersos en una causa judicial, advierte la resolución, a la que ha tenido acceso elDiario.es.
Los magistrados de la Audiencia Provincial se explican: “Dicho de otro modo, denunciar infracciones de derechos fundamentales producidas en el curso de un procedimiento no es encubrir. Cuestión distinta es la forma, más o menos reprochable desde un punto de vista ético, en que se pueda haber obtenido la información, como también la mayor o menor indiscreción que tuvo el querellante al expresarse en los términos descritos ante su interlocutora. Son cuestiones que no afecta a la calificación que se efectúa en la querella”. En el audio, el brigada llega a decir: “Soy el más ilegal de los ilegales”.