Fuentes penitenciarias afirman que ante la solicitud de un cambio de módulo se estudia caso por caso y se tiene en cuenta el tipo de delitos que ha podido cometer esa persona. Los fraudes en la ley Trans se detectan, como ha hecho en varias ocasiones el juez Matías Martínez
El juez que detectó seis fraudes en cambios de sexo: “Si una persona es trans, no debe preocuparse, lo obtendrá sin problema”
El cambio de género solicitado por Agustín Alemán (Yino), considerado como el cabecilla del caso 18 lovas y acusado de otro delito de prostitución de menores, ha vuelto a avivar estas semanas el debate de si puede “beneficiarse” de algún modo por la Ley Trans y si puede pasar rápidamente al módulo de mujeres en el centro penitenciario en el que se encuentra. Su petición de cambiar de género es un hecho que no afecta a su causa penal, ya que será juzgado conforme al género que tenía cuando se cometieron los presuntos delitos, advierten varias fuentes jurídicas consultadas.
Fuentes penitenciarias afirman, además, que siempre que alguien solicita el cambio de módulo se estudia caso por caso y se tiene en cuenta el tipo de delitos que ha podido cometer esa persona. En este caso, Yino Alemán está acusado de delitos contra la libertad e indemnidad sexual a menores, inducción a la prostitución y delitos contra la salud pública. “Hay un montón de variables que influyen en cómo va a ser su paso por el centro penitenciario. Entonces, para eso hay un equipo técnico que es el que valora”, señalan esas fuentes.
La Ley Trans no interfiere en instituciones penitenciarias, sino que existe una instrucción bastante anterior a la norma, que es del año 2006 y que se lleva aplicando con normalidad en las cárceles. Las fuentes penitenciarias consultadas insisten en que ya hay una trayectoria en este sentido para garantizar la seguridad de todas las personas. “Cuando una persona ingresa en prisión, el equipo técnico del centro penitenciario realiza una serie de entrevistas y se hace un análisis de trayectoria penal, la trayectoria penitenciaria si la hubiera, tipología delictiva, trayectoria personal… O sea, un análisis global del caso en particular que estás analizando y con todo eso se comienzan a tomar las decisiones. Decisiones de en qué módulo va a estar, qué itinerario va a seguir en el centro penitenciario y cuál va a ser su vida dentro del centro”, resumen.
En ningún caso, la petición de cambio de género lleva consigo decisiones automáticas ni siempre suponen que se vaya a trasladar de módulo a la persona. En este caso, no se le ha trasladado al módulo de mujeres como pide. “No se pueden simplificar los casos, hay multitud de variables que influyen y hay un equipo técnico que lo valora”, insisten. De hecho, en esa instrucción de 2006 y vigente se recoge que “el reconocimiento de la identidad de género solicitada no implicará el de una nueva identidad jurídica, en el interior o el exterior de los recintos penitenciarios” y que “la administración instará el empleo de nombre adecuado a su identidad de género, en las relaciones grupales e interpersonales penitenciarias, con exclusión de las de carácter oficial, incluida la documental, en que seguirá empleándose el nombre oficialmente acreditado”.
La instrucción también apunta que “la dirección del centro adoptará las medidas provisionales necesarias para su internamiento, garantizando la máxima protección de los derechos de la persona al reconocimiento de su identidad de género, hasta la resolución definitiva del expediente” y que “en el caso de apreciar una ausencia de base suficiente para la reclamación acreditada en el historial penitenciario de la persona solicitante, la Dirección podrá motivar la denegación de las medidas provisionales anteriores”. Existe en todo caso un “módulo de respeto”, de manera que esa persona pueda estar sola y también se salvaguarde su intimidad en momentos como a la hora de acudir al servicio, por ejemplo.
El profesor de Derecho Constitucional y director de la asociación LGTBIQ+ Diversas, Sergio Siverio, ha explicado a esta redacción que la rectificación registral de una persona que pide el cambio de género no cambia nada con respecto al proceso penal que está en curso. Es decir, “el género que se tiene en cuenta durante el proceso es el que la persona tenía en el momento de la comisión del delito”. “Y, en segundo lugar, sin necesidad de la Ley Trans, desde el año 2006 era posible cambiar de módulo penitenciario sin obtener ni tan siquiera la rectificación registral del sexo, o sea, que podía ir a un módulo de mujeres si se autoidentificaba como mujer y superaba los trámites establecidos por instituciones penitenciarias que dependen de todo un proceso interno”, remarca.
Siverio apunta que desde que esa instrucción está vigente “no tenemos constancia de que exista una problemática inmensa en relación con posibles violaciones o cuestiones de ese tipo por personas autodeterminadas mujeres”, recuerda en referencia a la alarma que se ha generado en este sentido. Asimismo, recuerda que hay experiencias de módulos mixtos. “Lo que está claro es que los bulos, las desinformaciones habituales no tienen nada que ver con la Ley trans, que lo único que hace es permitir a las personas trans autodeterminarse y que vean su género reconocido en el ámbito registral y en sus documentos de identidad”, incide el profesor.
Un movimiento organizado de ultraderecha
Cabe recordar que las investigaciones sitúan a Yino Alemán como el responsable de 18 Lovas, una agencia de modelos que captaba adolescentes en centros de menores para prostituirlas. Además, ha sido detenido en el marco de la operación Incubo, también por prostitución de menores. Esta última investigación comprendió cinco entradas y registros en los municipios de Santa Lucía de Tirajana, Agüimes, Telde y Las Palmas de Gran Canaria. Según adelantó Canarias7, al solicitar el cambio de género, Yino Alemán pidió seguir usando su nombre e incluso planteó iniciar una huelga de hambre si no se le trasladaba al módulo femenino.
Existen actualmente mecanismos para detectar posibles fraudes ante la Ley Trans, como puede ocurrir ante otras normas. De hecho, el juez Matías Martínez, titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de San Bartolomé de Tirajana, ha dictado varios autos denegando el cambio de sexo registral al apreciar “intenciones espurias” en los solicitantes. En todos los casos se trataba de hombres que pretendían registrarse como mujeres para beneficiarse de medidas de discriminación positiva.
Se trata de una realidad que no es ajena a las asociaciones LGTBIQ+, que advierten de que existe un movimiento organizado por parte de hombres de ultraderecha que pretenden atacar así esta norma. “Como existe en un montón de ámbitos, el Estado tiene mecanismos para prevenir las situaciones de fraude. El encargado del Registro Civil que estudia este tipo de cuestiones debe analizar caso por caso la posible existencia de fraude. Y, sobre todo, a posteriori también se puede detectar el fraude como en casos como estos cuando piden cuestiones como el cambio de módulo penitenciario”, remarca Siverio, que añade que “los colectivos y concretamente Diversas ha llegado incluso a instar a la Fiscalía en casos concretos a la anulación de las resoluciones que conceden el cambio registral cuando tenemos indicios más que suficientes de que se trata de casos de fraude”, expone.
“Lo que nosotros entendemos es que la Fiscalía debe estar especialmente presente, Instituciones Penitenciarias debe estar en contacto constante con el Ministerio Fiscal para instar a la anulación de esos autos (que creemos que son muy minoritarios) que concediera la rectificación registral a personas que evidentemente no son trans, sino que se hacen pasar por trans para obtener unos beneficios que en ningún caso se consideran acreditados que vayan a existir y que en todo caso se puedan anular si se descubre o si se resuelve la existencia de fraude de ley o abuso de derechos”, remarca. Asimismo, insiste en que “hay organizaciones que están intentando demostrar los supuestos efectos nocivos de la Ley Trans”, lamenta.
Hace unos años hubo un caso de violencia machista en el que la persona acusada pidió cambiar su género y que se le llamara Lorena. Se trata del crimen de Betancuria, en el que durante el proceso se le juzgó como Jonathan y con el género masculino (el que tenía cuando se cometieron los hechos) y actualmente cumple una condena de 38 años de cárcel. Por lo que en nada interfirió su petición en el proceso. Asimismo, en aquel momento (año 2022) instituciones penitenciarias informó de que podría estar en un módulo de respeto teniendo en cuenta esa misma instrucción.
Las personas trans, en la diana
Siverio insiste en que el Estado tiene mecanismos para protegerse en caso de fraude o abuso de derechos, “que son minoritarios, pero que desde luego no pueden hacer que la diana se vuelva contra las personas trans que acceden a un derecho que les corresponde por dignidad”, remarca.
Destaca, además, que mientras se habla de esos casos minoritarios no se está hablando de que hay personas que se quedaron fuera de esta ley, como las personas no binarias. “Las leyes autonómicas son mucho más avanzadas que la ley trans a nivel estatal porque no permite que las personas no binarias se autodeterminen”, afirma.
También remarca que nadie pone el foco en si se han puesto en marcha las medidas planificadas para evitar la lgtbifobia en el ámbito de las empresas y promover la inserción laboral de las personas trans, “nadie habla de la existencia de órganos de participación en materia LGTBI, nadie comenta el asunto de la prohibición de las terapias de conversión, nadie habla de todas las medidas que incorpora esta ley que no solo tienen que ver con la rectificación registral…”, expone el profesor, que recuerda lo que está ocurriendo en otros países como EEUU donde Donald Trump ahora impone que solo existen dos sexos y elimina cualquier tipo de medida en favor de las personas de las personas LGTBIQ+.