La magistrada instructora sostiene que la decisión de parar la reunión de emergencias en plena catástrofe «convierte en más grosera la negligencia atribuible» a los dos investigados
La delegada del Gobierno dijo a la jueza de la DANA que Pradas paró el Cecopi para “pensar” y “tomar una decisión”
La jueza de la DANA considera “absurda” la explicación que dio el Gobierno de Carlos Mazón sobre las pausas ordenadas por la entonces consellera Salomé Pradas en la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) del pasado 29 de octubre, jornada de la catastrófica barrancada. El director general de Emergencias, Alberto Martín Moratilla, dijo en una breve informe remitido a la magistrada que las pausas se ordenaron, en los momentos clave de la respuesta a la catástrofe, para un “trabajo exclusivamente presencial”.
“Se decididó dejar fuera de la reunión del Cecopi a otros miembros con unas razones todavía no explicables, justificado en la absurda expresión de trabajo excluivamente presencial”, afirma la instructora en un auto al que ha tenido acceso elDiario.es. “Absurda”, ahonda la instructora, “porque es incompatible quejarse de la falta de información y decisión por otras personas y, al mismo tiempo, excluir de la reunión a quien supuestamente había de proporcionarla y decidir por uno mismo”.
Además, la decisión de pausar el Cecopi “convierte en más grosera la negligencia atribuible” a los dos investigados en la causa, la exconsellera Salomé Pradas y el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, “oscilando entre un desconocimiento difícilmente justificable respecto a las posibles decisiones a adoptar por la Conselleria, o las herramientas a utilizar como el sistema Es-Alert”.
La resolución rechaza citar como investigados al director general de Emergencias, Alberto Martín Moratilla, a los funcionarios Jorge Suárez e Inmaculada Piles, y al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, tal como pedía la Asociación de Damnificados DANA Horta Sud Valencia en su recurso contra el auto de la jueza que imputó a Pradas y a Argüeso.
La “atribución” de un resultado mortal “de tal gravedad” por un total de 228 fallecidos “no puede sustentarse exclusivamente en la integración de la estructura organizativa autonómica” de Martín Moratilla, Suárez y Piles.
Sobre Miguel Polo, la magistrada reitera que la supuesta ausencia de información sobre el caudal del barranco del Poyo “resulta desmentida” por la remisión de los correos del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la CHJ.