La decisión sitúa a la dirigente de Compromís al borde del juicio oral pese a que el juez instructor y el fiscal descartaron la existencia de indicios de delito contra los procesados
Hemeroteca – Seis folios, un juez conservador y una mera “hipótesis plausible” para resucitar la causa contra Mónica Oltra
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado los recursos de un miembro del equipo de Mónica Oltra en la Conselleria de Igualdad y de varios funcionarios contra el auto de procedimiento abreviado dictado el pasado 21 de junio por el titular del Juzgado de Instrucción número 15 de València, una resolución que la dirigente de Compromís no recurrió en su momento (tampoco se adhirió a los recursos de otros encausados, entre ellos su antiguo subsecretario, Francesc Gamero).
La decisión supone vía libre para que los procesados se sienten en el banquillo por las supuestas maniobras para tapar los abusos de un educador, exmarido de Oltra condenado en sentencia firme, a una menor tutelada por la Generalitat. Por otro lado, el auto de la sección cuarta, del pasado 9 de mayo, acuerda el sobreseimiento de Carmen Fenollosa, directora territorial de Igualdad.
La resolución considera que no existe “incongruencia omisiva” ni “déficit argumentativo” en el auto recurrido. Tampoco vulnera la presunción de inocencia, apostilla.
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia concluye que “es suficiente con la existencia de indicios que establezcan la probabilidad de la implicación, lo que no excluye la posibilidad de que tal implicación no exista”. El auto de procesamiento “no prejuzga la culpabilidad de un investigado, ni de forma alguna excluye su inocencia”, explica la Audiencia de Valencia.
En definitiva, las “únicas” exigencias legales para la “procedencia” del auto recurrido “consisten en la existencia de unos hechos que revistan los caracteres de delito y de unos indicios que permitan atribuirlos, indiciariamente como su propio nombre indica, a una determinada persona, pero sin realizar más valoraciones en orden a la culpabilidad y/o a la mayor o menor calidad de los mismos”.
A juicio “por impretivo legal”
La decisión de la Audiencia de Valencia sitúa a Oltra y al resto de acusados al borde del juicio oral. A pesar de que tanto la Fiscalía como el juez instructor descartaron que los indicios de delito contra los procesados.
Fue la misma sección cuarta de la Audiencia de Valencia la que, tras aceptar los recursos de las acusaciones y alegando una “hipótesis plausible”, reabrió la causa en junio de 2024, previamente archivada por el titular del Juzgado de Instrucción número 15 de València. El juez Vicente Ríos acabó dictando el auto de procedimiento abreviado “por imperativo legal”.