La instructora considera que lo «relevante» es «la forma» y la «finalidad conseguida» al convertirse en diputado autonómico y no el momento en el que lo hizo
Gallardo se convierte en diputado y aforado en plena ofensiva judicial por el caso del hermano de Sánchez
La jueza que ha instruido el caso por la contratación del hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, en la Diputación de Badajoz ha elevado su exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) para que decida si se hace cargo de la causa tras el aforamiento del expresidente de la Diputación y secretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángela Gallardo, al que acusa de “fraude de ley”.
Biedma considera que lo “relevante” no es el momento en el que Gallardo obtuvo la condición de aforado, que fue un día antes de que decidiera la apertura de juicio oral contra él y una decena de acusados, entre ellos David Sánchez, sino “ la forma en que ha tenido lugar y la finalidad buscada con la misma”.
El líder de los socialistas extremeños decidió entrar en la Asamblea de Extremadura como diputado autonómico tras su procesamiento por la contratación de Sánchez. Para ello, una diputada presentó su dimisión y las cuatro personas que le precedían en la lista también renunciaron ante notario o asumir el cargo.
Por esto, la jueza considera que que se trató de una “maniobra” contraria a lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que los jueces y juezas, así como los Tribunales “rechazarán fundadamente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal”.
Pero Biedma va más allá en su exposición y expresa que el acceder a la Asamblea Parlamentaria de Extremadura “tras la dimisión y renuncia coetánea de cinco personas y con la finalidad de conseguir el aforamiento, no sería sino otra muestra más del patrón de comportamiento investigado en el presente procedimiento, cual es el conseguir un fin ilegítimo mediante el uso de mecanismos formalmente legales, utilizando las instituciones públicas en beneficio propio o de allegados”.
También advierte de que el “aforamiento repentino” de Gallardo causará perjuicios a la propia tramitación de la causa, “que se será inevitablemente objeto de dilaciones tras la peregrinación de la misma a órganos superiores para decidir sobre la competencia para conocer de la misma y sobre los recursos que puedan interponerse , afectando dicha circunstancia al resto de partes intervinientes en el procedimiento”.
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