La Audiencia de Barcelona amnistía la malversación del procés para los 40 excargos del Govern de Puigdemont

El tribunal argumenta que los encausados pueden ser amnistiados porque actuaron «en cumplimiento del mandato» de los consellers a los que el Supremo rechazó aplicar la ley

La Fiscalía pide amnistiar a los 40 cargos de Puigdemont que prepararon el 1-O salvo dos que trocearon un contrato

Amnistiados. Tras varios enredos procesales, la Audiencia de Barcelona ha amnistiado a los casi 40 exaltos cargos, funcionarios y empresarios del Govern de Carles Puigdemont encausados por los gastos del procés y su promoción exterior. Se trata de la causa de los preparativos del 1-O seguida en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona y conocida por los registros del 20 de septiembre de 2017 en la conselleria de Economía.

En su resolución, a la que ha tenido acceso elDiario.es el tribunal se guarda de desmarcarse del Tribunal Supremo, que rechazó amnistiar a Carles Puigdemont y los exconsellers por el delito de malversación, pero dejó la puerta abierta a hacerlo con sus subordinados que no decidieron a qué destinar los fondos, sino que solo “ejecutaron” los designios del Govern.

Esto es justamente lo que resuelve la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona, que concluye que los encausados pueden ser amnistiados porque actuaron “en cumplimiento del mandato” de los consellers, por lo que no hay obstáculo a la aplicación de la ley de olvido penal del procés.

Entre los procesados amnistiados están, entre otros, el exconseller de Exteriores Raül Romeva; los exdirectores de TV3 y Catalunya Ràdio Vicent Sanchis y Saül Gordillo; el exdelegado del Govern ante la UE Amadeu Altafaj; la exinterventora Rosa Vidal o los exaltos cargos de Presidència Antoni Molons, Jaume Clotet, Joaquín Nin, Ignasi Genovés y Teresa Prohías.

Se trataba de una decisión muy esperada para los casi 40 exaltos cargos, empresarios y funcionarios procesados. Pese a que la ley de amnistía, en vigor desde junio del año pasado, daba dos meses a los tribunales para aplicarla, un desencuentro entre jueces sobre quién tenía que aplicarla viene demorando casi un año la resolución del olvido penal del procés para la causa de los preparativos del 1-O.

El tribunal no va más allá y se limita a recoger la argumentación del propio Supremo para poder aplicar la amnistía al sottogoverno del 1-O. Por el contrario, la Fiscalía consideraba que la malversación sí entraba plenamente en la ley de amnistía, por lo que había pedido amnistiar a todos los cargos salvo dos (encausados por un gasto no relacionado con el procés).

Citando las resoluciones del Supremo contrarias a amnistiar la malversación de los exconsellers, la Audiencia de Barcelona concluye que los procesados por los preparativos del 1-O y los gastos exteriores del procés tuvieron “voluntad malversadora”, pero que actuaron cumpliendo órdenes del Govern, por lo que “no puede hablarse de propósito de enriqucimiento” (una de las exclusiones de la ley).

Tampoco considera la Audiencia que en la malversación del procés se hubieran afectado los intereses financieros de la Unión Europea porque ello sería “moverse en el terreno de las conjeturas” y sin indicio alguno tras más de ocho años con la causa abierta,

Publicaciones relacionadas