La orden preliminar de la jueza federal implica que las personas transgénero o no binarias que no tengan pasaporte o necesiten solicitar uno nuevo pueden pedir un indicador de identificación masculino, femenino o X, en lugar de verse limitadas que corresponda al sexo asignado al nacer
En las páginas webs oficiales de EEUU ya solo aparecen dos posibles géneros: masculino y femenino. Así lo decretó Donald Trump nada más llegar a la Casa Blanca: “En EEUU solo hay dos géneros, hombre y mujer”.
Pues bien, una juez federal ha dictaminado en una orden preliminar este martes que la administración Trump no puede limitar los indicadores de sexo en los pasaportes de personas transgénero y no binarias. En efecto, la sentencia dictada el martes por la jueza federal Julia Kobick significa que las personas transgénero o no binarias que no tengan pasaporte o necesiten solicitar uno nuevo pueden pedir un indicador de identificación masculino, femenino o X, en lugar de verse limitadas al indicador que corresponda al sexo asignado al nacer.
En un decreto firmado en enero, el presidente utilizó una definición restrictiva en lugar de un concepto más amplio del género. La orden establecía que una persona es hombre o mujer y rechazaba la idea de que alguien pueda cambiar el género asignado al nacer, explica Associated Press.
Kobick dictó una orden judicial preliminar el mes pasado, pero esa sentencia solo se aplicaba a seis personas que se unieron a la Unión Americana por las Libertades Civiles en una demanda (ACLU).
En la sentencia de este martes, amplió la orden para incluir a las personas transgénero o no binarias que actualmente no tienen un pasaporte válido, aquellas cuyo pasaporte caduca en el plazo de un año y las que necesitan solicitar un pasaporte porque lo han perdido o se lo han robado, o porque necesitan cambiar su nombre o su designación de sexo.
Las personas transgénero y no binarias han demostrado que la nueva política de pasaportes viola sus derechos constitucionales a la igualdad, afirma la jueza en su fallo: “Incluso suponiendo que una medida cautelar preliminar inflija algún daño constitucional al poder ejecutivo, dicho daño es consecuencia de la adopción por parte del Departamento de Estado de una política de pasaportes que probablemente viola los derechos constitucionales de miles de estadounidenses”.
La Administración Trump argumentó, sin éxito, que el cambio en la política de pasaportes “no viola las garantías de igualdad de protección de la Constitución”, y sostuvo que el presidente tiene amplia discreción para establecer la política de pasaportes y que los demandantes no se ven perjudicados, ya que siguen siendo libres de viajar al extranjero.