El magistrado Puente reitera las medidas cautelares de retirada del pasaporte y comparecencias quincenales en el juzgado que ya pesaban sobre ellos
Ábalos se desvincula de los supuestos amaños ante el juez y dice que los audios podrían estar manipulados
El juez Leopoldo Puente ha rechazado la petición de la acusación popular para que José Luis Ábalos y Koldo García ingresen en prisión provisional tras su comparecencia este lunes en el Tribunal Supremo. El magistrado mantiene las medidas cautelares que ya pesaban contra ellos de retirada del pasaporte y comparecencia en el juzgado cada 15 días.
El magistrado considera que después del informe de la UCO hay “sólidos indicios” contra José Luis Ábalos y Koldo García, según recoge los autos de medidas cautelares que ha dictado contra ambos. Sin embargo, el juez Puente considera que no se dan las condiciones para acordar la medida de la prisión provisional, tales como el riesgo de fuga o la destrucción de pruebas.
Según el juez, Koldo García habría intervenido “activamente en la contratación, gestionaría los contratos de adjudicaciones a las empresas y, al tiempo, realizaría operaciones para ocultar los cobros recibidos de la organización”. Respecto a Ábalos, considera que “también habría podido intervenir, personalmente y utilizando los oficios de su asesor”, al tiempo que habría disfrutado “de los ilícitos beneficios económicos” generados por esas actuaciones.
Así se desprende, asegura el juez, de las “muy expresivas y elocuentes grabaciones, aparentemente efectuadas por el propio don Koldo García, de las que resultarían la posible adjudicación indebida de diversas obras públicas, en connivencia con quien era entonces titular del MITMA [Ministerio de Transportes, José Luis Ábalos], también investigado en esta causa, y de terceras personas, a cambio de diversos premios económicos”.
La acusación popular, cuya dirección letrada ejerce el PP, había solicitado prisión provisional para ambos. Entre sus argumentos estaba el peligro de que destruyeran pruebas. Aludía a la existencia de otras grabaciones que no están en poder de la Guardia Civil, efectuadas por Koldo García. Sin embargo, el magistrado, de acuerdo con el argumento de Anticorrupción, ha descartado este motivo porque “una cosa es el peligro de que el investigado destruya o altere pruebas y otra, muy diferente, que esté obligado a aportarlas él mismo, si las tuviere”.
Según mantiene el juez en su auto de este lunes, Ábalos se habría beneficiado “económicamente” del pago del alquiler de la vivienda de una de sus exparejas, dos alquileres con opción a compra —un chalet en Cádiz y un piso en Madrid por 750.000 euros, un valor “muy inferior al de mercado”— y unas vacaciones en Marbella. Y añade a eso que el último informe de la UCO aportado a la causa contiene también “indicios muy consistentes” de que Ábalos y Koldo García podrían haber obtenido rendimientos “ilícitos” a cambio de la indebida adjudicación de obras públicas