Un juez archiva una causa por muertes de ancianos en dos residencias y reprocha a Ayuso su «discutible» protocolo

El magistrado entiende que no se pueden investigar penalmente las muertes de personas mayores en dos residencias de Madrid pero explica que las «consecuencias» de los protocolos que impidieron la hospitalización de los ancianos «no fueron valoradas bien por la autoridad política»

Archivo – Familiares de ancianos fallecidos denuncian los protocolos de Ayuso ante el juez: “Nos sentimos poco escuchados”

Un juzgado de Madrid ha archivado la causa penal que investigaba la muerte de ancianos en dos residencias de la capital, una de ellas pública y la otra privada con plazas concertadas. El magistrado que investiga la causa desde hace dos años explica que “se atendió a los residentes de la mejor manera que se pudo” pero carga con dureza contra los protocolos que impidieron la derivación de cientos de ancianos a hospitales: “Como poco es muy discutible” y sus “consecuencias”, añade, “no fueron valoradas bien por la autoridad política”, en este caso la Comunidad de Madrid.

Decenas de familias de los más de 7.000 ancianos fallecidos en residencias públicas y privadas de la Comunidad de Madrid llevaron la muerte de sus seres queridos ante la Justicia reclamando responsabilidades penales a la administración de Isabel Díaz Ayuso. Sus acusaciones en múltiples causas judiciales se concentraron en lo que bautizaron como los ‘protocolos de la vergüenza’: la orden interna de la Comunidad de Madrid para no derivar a los ancianos enfermos desde las residencias a los hospitales durante lo peor de la pandemia.

El juzgado de instrucción 4 de Madrid investigaba desde hace casi tres años las muertes de varias personas en la residencia pública Adolfo Suárez de San Blas y en un centro privado con plazas concertadas Amavir en Arganzuela. Una causa en la que testificaron, entre otros, Alberto Reyero y Carlos Mur. El primero fue consejero de Políticas Sociales hasta octubre de 2020 en el ejecutivo de Ayuso y el segundo director general de coordinación sociosanitaria de la Comunidad de Madrid.

El primero fue claro ante el juez a la hora de renegar de esos protocolos y explicar que, según su opinión, condenaron a la muerte a cientos de ancianos. El segundo explicó que el protocolo tenía por objetivo dar una guía a los facultativos para decidir cuándo un anciano debía ser derivado a un hospital pero dejando esa decisión en manos de los responsables directos de las residencias.

El juez que lleva más de dos años investigando el caso, iniciado por afectados llevados por el letrado Andrés Ollero, ha decidido archivar la causa tras analizar el informe médico forense que concluye que los familiares de los denunciantes recibieron una asistencia y un seguimiento “regular y frecuente” con la adopción de las medidas “adecuadas en cada momento”.

“Se atendió a los residentes de la mejor manera que se pudo, teniendo en cuenta las excepcionales y desgarradoras circunstancias que todos sufrimos en esos momentos y que no deben olvidarse”, explica el juez. “Los hospitales estaban saturados, desbordados más bien, no se sabía cómo curar la enfermedad, no se disponían de medios”. Y la vía penal, entiende, no es el camino para dirimir responsabilidades: “Es obvio que no puede exigirse lo mismo al personal sanitario o asistencial, ante una situación puntual y controlada de un paciente o un residente , que ante la situación desgarradora e inabarcable que todos sufrimos”.

Un protocolo “discutible”

El auto del juez entiende que no se puede actuar penalmente contra los responsables de las residencias pero también es claro a la hora de criticar los protocolos de derivación: “Como poco es muy discutible y cuyas consecuencias no fueron valoradas bien por la autoridad política y cuya responsabilidad excede el ámbito de esta causa al tener aforamiento los responsables”.

Los protocolos fueron “cambiantes, confusos” y motivados por “la imperiosa necesidad de hacer algo”. La decisión de no ingresar a ancianos en hospitales “pudiera ser discutible y reprobable”, explica el juez, pero “queda fuera del ámbito de la responsabilidad penal por imprudencia grave, que exige que la misma sea ”grosera“, contraria a las más elementales normas de la práctica médica”.

Las denuncias de los familiares sobre cómo no podían ni hablar con sus seres queridos, explica, “no pueden calificarse sino como dramáticas, desgarradoras y difíciles de entender, si no fuera por la imperiosa necesidad de evitar mayores contagios”. “Dicha imposibilidad de comunicar con un ser querido en los últimos momentos de su vida es de las peores situaciones en las que se puede encontrar un ser humano”.

Los familiares todavía tienen la oportunidad de recurrir, aunque según fuentes del caso también sopesan acudir a la vía civil o de lo contencioso-administrativo para solicitar una reparación. Otros juzgados de la región mantienen investigaciones abiertas aunque, hasta la fecha, se han archivado más de 20 desde que se interpusieron las primeras denuncias.

El juez concluye que los encargados de la residencia o los sanitarios que atendieron a los ancianos no pueden ser responsabilizados por la vía penal: “No se aprecia por tanto que la conducta de los encargados de la residencia ni los médicos y enfermeras pueda ser constitutiva de infracción penal de clase alguna, no se aprecia que existan indicios de la comisión de un ilícito penal”, dice, a pesar de “los desacuerdos que se pueda tener con ellos en cuanto a la concreta gestión de la estancia de los fallecidos en la residencia y de otros incidentes que detallan en la reclamación que han presentado como la falta de noticias”.

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