La Sala de lo Penal sigue la línea del juez Pablo Llarena y rechaza todos los recursos contra su decisión de no perdonar el delito de malversación por el que fueron condenados Oriol Junqueras y el resto de imputados en la causa principal por el proceso soberanista de 2017
El juez Llarena confirma que no aplica la amnistía a la malversación atribuida a Puigdemont
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado que no aplicará la ley de amnistía al delito de malversación por el que fueron condenados los líderes del procés independentista catalán de 2017. Los jueces, en la línea de lo establecido por el magistrado Pablo Llarena en el caso de Carles Puigdemont, entienden que los imputados sí consiguieron un “beneficio personal de carácter patrimonial” al comprometer medios y fondos públicos en la organización del referéndum y que eso impide aplicar la ley de amnistía y perdonar ese delito. El Supremo explica que la “voluntad del legislador” a la hora de redactar la ley de amnistía no es suficiente para perdonar la malversación: “No basta con la voluntad política para amnistiar un hecho. Solicitar que interpretemos la Ley sin otra referencia que la voluntad del legislador es pedir que abdiquemos de nuestra función como jueces”, dice el Supremo.
El propio Supremo elevó una cuestión de inconstitucionalidad sobre la ley de amnistía ante el Constitucional, tribunal que tiene pendiente de estudio tanto esta impugnación como las dos decenas de recursos presentados, entre otros, por los gobiernos autonómicos presididos por el Partido Popular y el propio partido de Alberto Núñez Feijóo.