Ese extraño caso de corrupción sin ánimo de lucro

‘El boletín del director’ es una carta semanal de Ignacio Escolar exclusiva para socios y socias de elDiario.es en agradecimiento por su apoyo, con claves, datos y recomendaciones personales. Si tú también lo quieres leer y recibir cada sábado en tu buzón, hazte socio, hazte socia de elDiario.es

“Sigue el dinero”, dice una vieja máxima del periodismo de investigación. La frase tiene su origen en una mítica película protagonizada por Robert Redford: Todos los hombres del presidente, sobre el escándalo Watergate. La pista del dinero, las transferencias desde el partido, fue lo que hace medio siglo sirvió para acorralar a Richard Nixon; el único presidente de la historia de EEUU que ha dimitido. Y desde entonces hasta hoy, esa línea de puntos está presente en casi todos los casos de corrupción. 

No existe el delito de cohecho, ni el de tráfico de influencias, ni tampoco el de corrupción en los negocios si no hay dinero de por medio –o al menos un beneficio económico, algo que se pueda traducir en euros–. Es fácil de entender la razón: la misma por la que tampoco puede haber un homicidio si no hay muerto. ¿Qué clase de corrupción económica es aquella donde el supuesto corrupto no recibe recompensa alguna? ¿Es acaso posible ese delito?

Cosas así de raras se ven últimamente en los juzgados de Madrid. 

Esta semana, en la Audiencia de Madrid, vivimos la enésima anomalía en la causa judicial que el juez Juan Carlos Peinado mantiene abierta contra Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno. El tribunal tenía previsto decidir sobre los recursos de la Fiscalía y la defensa de Gómez sobre esta investigación penal. Pero la Audiencia ha tenido que suspender la deliberación: resulta que el juzgado de Peinado –¡oh, casualidad!– había olvidado remitir toda la documentación que le habían requerido. Justo olvidaron el recurso que había presentado la acusada, Begoña Gómez. Un papel, en este caso, fundamental. 

¿Simple chapuza? Podría ser. Como cuando el juez Peinado presentó un escrito citando a declarar al presidente del Gobierno donde se inventó dos artículos que no existen de la ley de enjuiciamiento criminal. Pero hace ya tiempo que todas las chapuzas y anomalías en este juzgado van siempre en la misma dirección: la de alargar este proceso todo lo posible y un poco más.

Es una de las normas no escritas del ‘lawfare’: no es tan importante el resultado final del proceso judicial –si finalmente hay condena– como el tiempo que consigas alargar la sombra de la sospecha sobre la persona acusada. Unas acusaciones que, incluso cuando se quedan en nada, son después muy difíciles de borrar.

Pero vayamos al fondo de este asunto: qué delitos, qué hechos, qué corrupción es la que presuntamente ha cometido Begoña Gómez. De qué se le acusa exactamente. Es fácil perderse, porque el supuesto delito no para de cambiar. 

Primero intentaron implicar a Begoña Gómez en el caso Koldo. En dos ocasiones, la Audiencia Nacional rechazó la acusación: “Está basada en informaciones periodísticas no contrastadas y sin indicios”. 

Casi al mismo tiempo, llegó al juzgado de Peinado la denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias. También estaba basada en informaciones periodísticas no contrastadas, pero allí sí coló. Entre otras cosas, acusaban a Begoña Gómez de haber cobrado una subvención. Solo había un problema: la noticia era falsa. Era otra Begoña Gómez, de Cantabria, que se llamaba igual.

A pesar de este bulo, el juez Peinado decidió abrir una investigación y seguir otra de las vías que abría la denuncia de Manos Limpias: el rescate de Air Europa. Acusaban a Begoña Gómez de tráfico de influencias: de haber cobrado un patrocinio de 40.000 euros de los dueños de esa misma aerolínea meses antes de que fuera rescatada con dinero público, tras la crisis de la pandemia.

De nuevo, aquello quedó en nada. Era difícil que pudiera prosperar, teniendo en cuenta que el patrocinio no era para Begoña Gómez sino para el Instituto de Empresa: una importante escuela de negocios donde ella trabajaba. Y también que ese dinero nunca se llegó a pagar: fue cancelado por la pandemia; esa misma pandemia que hizo necesario el rescate de Air Europa –y de buena parte de las compañías aéreas de medio mundo, a las que se prohibió volar–.

La propia Audiencia de Madrid, en junio, ya ordenó al juez Peinado que dejara de lado el tema de las ayudas a Air Europa porque aquello no pasaba de “meras conjeturas”. Al juez Peinado esta instrucción directa le dio exactamente igual, y ha seguido investigando ese tema. De nada ha servido tampoco que la Justicia europea avalase el rescate de esta aerolínea hace unos meses. Ni tampoco que, hace una semana, lo hiciera el Tribunal de Cuentas

En uno de sus recursos, el abogado de Begoña Gómez preguntó al juez Peinado cuáles eran los hechos que investigaba. Su respuesta es para enmarcar: “Los hechos objetos de investigación son todos los actos, conductas y comportamientos que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es presidente del Gobierno”, contestó Peinado. Es difícil encontrar un ejemplo más claro de qué es una investigación prospectiva. También explica quién es el verdadero objetivo de esta investigación.

“Todos los actos” desde que Sánchez es presidente. Y la siguiente acusación contra Begoña Gómez se basó en las adjudicaciones para un programa de formación que ganó el empresario Carlos Barrabés de una empresa pública, Red.es. ¿La pistola humeante? Que Begoña Gómez había firmado una declaración de interés, que se aportó al concurso público. Ella… y una treintena de personas más, incluyendo a la directora de la Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid –una administración, gobernada por el PP, que también ha adjudicado contratos públicos a Barrabés–.

El juez Peinado encargó a la Guardia Civil, por dos veces, que investigara estas adjudicaciones. Las dos veces la Guardia Civil respondió que no encontraba delito alguno, ningún indicio. A pesar de estos varapalos, Peinado continuó. Ha llegado a imputar a Barrabés después de llamarle a declarar como testigo. Nadie sabe muy bien, a estas alturas, cuál es la acusación. 

Pero la cosa no ha quedado aquí. A medida que las distintas líneas de investigación naufragaban, el juez Peinado ha abierto nuevas pesquisas, a ver qué podía pescar. La última gran vía contra Begoña Gómez se basa en un programa informático que desarrolló dentro de una cátedra que dirigía para la Universidad Complutense. Era un software en pruebas –aún no se había terminado– que iba a permitir a las pequeñas empresas evaluar su grado de cumplimiento con distintos criterios de sostenibilidad para así poder acceder a financiación. Estaba siendo desarrollado con la colaboración de varias empresas: Google, Telefónica e Indra –las dos últimas, participadas por el Estado–. 

¿La acusación contra Begoña Gómez? Que se habría “apropiado” de este software de la Complutense. Que lo habría puesto a su nombre. Es falso, tal y como ha confirmado la propia Universidad: la Complutense reclamó al registro de la propiedad intelectual que buscaran si Begoña Gómez o alguna empresa suya lo había registrado, y no era así. 

Begoña Gómez sí había registrado el dominio de Internet donde estaba alojado la web, pero porque la Complutense así se lo indicó. Hace unos días, esa web dejó de funcionar. Un hecho que las acusaciones en este caso denunciaron como un intento de “borrar pruebas”. ¿La causa de que la web ya no funcione? Que había caducado el dominio y la Complutense se negó a renovarlo

Pero el problema fundamental de la tesis de esa supuesta “apropiación” del software es otro, más sencillo de explicar. Resulta que ese programa informático propiedad de la Complutense era completamente gratuito. Nadie iba a pagar absolutamente nada por usarlo. Y las empresas que colaboraron de forma altruista para ponerlo en marcha lo hicieron, precisamente, porque era una iniciativa sin ánimo de lucro para la Universidad.

Y aquí volvemos a mi pregunta inicial. ¿Qué clase de corrupción económica es aquella donde el supuesto corrupto no recibe recompensa alguna? ¿Existe acaso la corrupción económica sin ánimo de lucro?

Los datos. El software era gratuito y lo iba a ser siempre: no había plan alguno para convertirlo en algo de pago –ni tampoco visos de que tal programa informático pudiera ser un negocio–. 

El sueldo que Begoña Gómez cobró por dirigir esa cátedra de la Complutense era inexistente. Lo mismo en pesetas que en euros: cero.

Por su trabajo dando clase en dos másteres de esa misma universidad, Begoña Gómez cobraba la increíble cifra de 15.000 euros brutos al año. No llega siquiera al Salario Mínimo. Un gran botín, como se ve.

La próxima semana –salvo nueva sorpresa– la Audiencia Provincial volverá a reunirse para decidir si permite que este disparate continúe, si recorta las alas al juez Peinado o si cierra del todo esta investigación penal. Bajo la óptica puramente jurídica, resulta difícil de explicar que hayamos llegado hasta aquí. Pero hace tiempo que la Justicia española dejó de ser previsible en según qué temas. 

Otro ejemplo factual. La querella de la pareja de Ayuso contra el Fiscal General del Estado –al que acusa de “revelación de secretos” por una nota de prensa– avanzó en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en apenas mes y medio. En julio, este tribunal pidió al Supremo su imputación. 

Mientras tanto, la querella presentada por ese mismo delito –revelación de secretos– por parte del periodista Máximo Pradera contra el juez Peinado lleva más de cuatro meses sin resolver. Y eso que aquí no hablamos de una nota de prensa: el propio juez declaró la causa como secreta, pero después la trasladó a todos los medios de comunicación y también mandó la información a las acusaciones; una documentación a la que entonces no tenía acceso ni la propia acusada. 

¿Cómo explicar que ante un mismo presunto delito, ante un mismo tribunal, haya asuntos que se resuelvan a tan distinta velocidad?

Y una última pregunta, antes de despedirme por hoy.  ¿A ti te sorprende la corrupción sin ánimo de lucro que investiga el juez Peinado? A mí no: se parece mucho al enriquecimiento sin riqueza que inventó el Tribunal Supremo para no aplicar la ley de amnistía. O al terrorismo sin terroristas que descubrió Manuel García Castellón. 

Desde que Feijóo no es presidente porque no quiere, la creatividad de la Justicia española está en plena ebullición.

Un abrazo. Gracias por leerme. Gracias por tu apoyo a elDiario.es

Ignacio Escolar

Publicaciones relacionadas