El ha establecido en una sentencia que una comunidad de propietarios los pisos turísticos en un edificio o urbanización siempre que el acuerdo se consiga con al menos tres quintas partes de todos los propietarios y las cuotas de participación. Los jueces, que en resoluciones anteriores que los propietarios pudieran prohibir esta actividad en su comunidad, explican que es necesario reunir la mayoría cualificada y rechaza los recursos de varias empresas dedicadas a explotar estos pisos turísticos en Marbella y Madrid.