La sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante absuelve a José Joaquín Ripoll, expresidente de la Diputación, y al empresario Enrique Ortiz por el regalo de viajes «por su relación de amistad», mientras el Supremo condenó en la misma macrocausa al patrono corruptor por regalar una chaqueta de Carolina Herrera a su también amiga Sonia Castedo, exalcaldesa de Alicante
Segunda condena al empresario Enrique Ortiz, la “polla insaciable” del urbanismo de Alicante que financiaba al PP
Los caminos de la Audiencia Provincial de Alicante son inescrutables. La última sentencia de la macrocausa de Brugal, la que absolvió a los 13 acusados por presuntamente haber amañado el contrato de basuras del Plan Zonal de la Vega Baja, evidencia que hay decisiones de los tribunales alicantinos que, ante casos similares, aplican baremos diferentes, según la sección que dicte sentencia. La sección tercera de la Audiencia alicantina condenó al empresario Enrique Ortiz, condenado confeso también por la financiación ilegal del PP valenciano, por regalar a la exalcaldesa de Alicante una chaqueta Carolina Herrera, mientras que la sección séptima de la misma Audiencia absolvió al mismo patrono corruptor por regalar viajes en su yate privado al expresidente de la Diputación de Alicante, José Joaquín Ripoll, y a su familia. En el caso de Ripoll no consideró delito la conducta de ambos por la dádiva por “su relación de amistad”, mientras que en el fallo ratificado por el Tribunal Supremo contra Castedo, la conocida amistad entre empresario y política no fue suficiente y le costó a Enrique Ortiz una condena porque “excede de lo socialmente admitido”. Y tan amigo de Ortiz era Ripoll como Castedo, según se ha visto en los distintos juicios.
La sección séptima de la Audiencia Provincial de Alicante reconoce en la sentencia que, “durante la tramitación del expediente, en 2008, aprovechando que se encontraban en la feria de Sevilla, Enrique Ortiz invitó a José Joaquín Ripoll y esposa junto a otro grupo de personas conocidas a tomar algo en su barco”. Es decir, el empresario adjudicador invitaba a su barco a una de las personas clave en la adjudicación y a su familia. Pero las dádivas no acabaron durante el período de adjudicación. “Asimismo”, relata la sentencia, “entre los días 6 a 9 de agosto de 2008 Enrique Ortiz y José Joaquín Ripoll coincidieron en la embarcación Elena, propiedad de Enrique Ortiz en una estancia por las Islas Baleares. A dicha embarcación, donde ya se encontraba la familia de Enrique Ortiz, así como la de su hermano, acudieron Rafael G. y esposa y José Joaquín Ripoll con su esposa e hijas”.