El TSJ de Euskadi rechaza el recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia que anuló la sanción que se impuso al trabajador y condenó a que le indemnizara con 15.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la condena impuesta por el Juzgado de lo Social 2 de Donostia a una empresa que contrató a un detective privado para seguir a un empleado en situación de incapacidad temporal. El TSJPV rechaza así el recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia del citado juzgado que anuló la sanción que esta impuso al trabajador por “fraude y transgresión de la buena fe contractual” y condenó a que le indemnizara con 15.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados.
Según han explicado desde el tribunal, el origen de este procedimiento se remonta a septiembre de 2023 cuando el trabajador, que se encontraba en situación de incapacidad temporal por “trastorno adaptativo no especificado”, recibió una notificación de la empresa en la que se le informaba de la imposición de una sanción de 60 días de suspensión de empleo y sueldo por, entre otros hechos, ir a jugar al golf. La sanción se basaba en un informe llevado a cabo por una empresa de detectives que recogió seguimientos del trabajador en un club de golf privado y en su estancia fuera de Euskadi en una segunda residencia.