La Sala de lo Penal inadmite las acciones penales del partido y de HazteOir contra los siete integrantes del pleno que sacaron adelante las sentencias que anularon o rebajaron las condenas de José Antonio Griñán, Manuel Chaves y otros políticos del PSOE andaluz
Archivo – Vox amenaza con una querella a los magistrados del Constitucional que han anulado las condenas de Chaves y Griñán
El Tribunal Supremo ha rechazado las querellas que la extrema derecha interpusieron contra el sector progresista del Constitucional por las sentencias que anularon o rebajaron las condenas del caso de los ERE de Andalucía. Los jueces han inadmitido las acusaciones de prevaricación que Vox y HazteOir interpusieron contra los siete magistrados progresistas del tribunal de garantías, afirmando que habían delinquido al amparar a políticos andaluces como José Antonio Griñán, Manuel Chaves o Magdalena Álvarez. Entre críticas veladas al sistema de elección de los miembros del Constitucional, el Supremo reconoce que el tribunal de garantías resolvió el caso de los ERE respetando “el principio de legalidad penal y el de separación de poderes”.
El Tribunal Constitucional empezó a analizar el caso de los ERE de Andalucía hace un año y la mayor parte de las sentencias que dictó supusieron una rebaja o una anulación de las condenas de cárcel e inhabilitación de buena parte de los políticos condenados. Las resoluciones salieron adelante gracias a la mayoría progresista del tribunal y cuestionaron que los políticos del PSOE andaluz que entonces dirigían la Junta hubieran delinquido al ejercer su actividad política, por ejemplo, al aprobar anteproyectos de ley de presupuestos. El Supremo, llegó a decir el Constitucional, se había saltado la separación de poderes al confirmar sus condenas de prisión.
Las acusaciones desde la derecha contra Cándido Conde-Pumpido y el resto del sector progresista y mayoritario del tribunal se terminaron materializando en sendas querellas de Vox y HazteOir contra los siete magistrados que habían sacado adelante esas resoluciones, desde los primeros autos y sentencias que dieron la razón a Magdalena Álvarez y presentando ampliaciones a medida que se iban dictando el resto de resoluciones. Tanto el partido de extrema derecha como la organización ultracatólica acusaban a los magistrados de prevaricar por admitir a trámite los recursos e incurrir en una “extralimitación de funciones”, ofrecer “la misma respuesta estandarizada” a todos los casos y, además, no apartarse “habida cuenta de su vinculación más o menos directa con el PSOE”.
El Tribunal Supremo, a finales de noviembre, decidió acumular y rechazar todas estas acusaciones contra el sector progresista del Constitucional. Allí donde Vox y HazteOir veían una estrategia del sector progresista del tribunal para “dar cobertura legal a una trama criminal y facilitar la impunidad”, el Supremo explica que una decisión judicial, aunque pueda considerarse errónea, “no es injusta siempre que, alcanzada por los métodos de interpretación usualmente admitidos, sea defendible en Derecho”.
Los jueces de lo penal explican que aunque el Constitucional dicte sentencias alejado de la unanimidad resuelve los casos “de manera argumentativa, sustentada en términos de legalidad constitucional, atinente al principio de legalidad penal, al principio de separación de poderes; con observancia de un método interpretativo jurídico conforme a pautas asumidas” y, por tanto, “en modo alguno cabe concluir que se trate de una radical y nuda arbitrariedad”.
El sistema de elección de magistrados
La facción de la Sala de lo Penal que ha rechazado estas querellas, presidida en ese momento por Manuel Marchena, también rechaza que se pueda considerar que los siete magistrados progresistas del Constitucional están “vinculados” al PSOE por haber sido elegidos, en diversas renovaciones parciales, tras un acuerdo entre este partido y el PP. Todos fueron elegidos por el sistema legal, reconoce el Supremo, aunque apunta a “la opinión negativa que pudiere merecer el sistema de designación y renovación de los miembros del Tribunal y la evolución de su aplicación y del debate público sobre la politización de la institución”.
El sistema de elección de magistrados del Constitucional, tres de los cuales proceden del propio Supremo, puede ser “criticable o no” según la Sala de lo Penal pero “al margen de la afectación a la imagen de imparcialidad de la institución, en tanto se aplicó el sistema de nombramiento legalmente vigente, no cabe invocar la procedencia política de cada nombramiento”.
Las últimas renovaciones parciales del Constitucional han implantado una mayoría progresista en el tribunal de garantías inédita en más de una década con Cándido Conde-Pumpido, magistrado y exfiscal general del Estado, como presidente del organismo. Un momento en que el PP y el resto de la derecha se lanzaron a deslegitimar al tribunal de garantías: “Tenemos dificultades para aceptar la imparcialidad del Constitucional”, llegó a decir Alberto Núñez Feijóo.
Ante el tribunal, el PP presentó una batería de recusaciones fuera de plazo. El Constitucional decidió, por unanimidad de progresistas y conservadores, que los reparos del PP contra una parte del pleno habían sido interpuestas de forma extemporánea contra Inmaculada Montalbán y María Luisa Balaguer.